¿QUE ES?
Es un acto registral que se inscribe en el Registro de Predios con la finalidad de reservar la prioridad del acto o contrato en formación tales como una compraventa de inmueble, hipoteca, permuta, o dación en pago.
REQUISITOS:
- Original y copia del DNI del vendedor y comprador u otorgantes.
- Minuta de compraventa y/o hipoteca, donación, permuta, dación en pago, o acto de disposición firmada por vendedor y comprador u otorgantes, suscrita por abogado.
- Copia literal actualizada de la partida registral del bien inmueble, donde figure como propietario los vendedores u otorgantes del acto dispositivo.
- Cartilla de hoja resumen (HR) y predial urbano (PU) que envía la municipalidad correspondiente del inmueble materia de compra venta del año en curso.
- Recibo de pago del impuesto predial de todo el año en curso.
- En caso alguna de las partes no se encuentre presente y hubiesen otorgado poder, de sebe de traer vigencia de poder emitida por registro públicos donde consten las facultades de disposición, con respecto a dicho inmueble.
Cualquier información adicional escriba al correo electrónico: consultas@notariarubiobarboza.com